CON EL DESCONGELAMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO SI SE DUPLICA EL SUELDO EN CAMBIO CON LA ENJUICIADA “LEY” DE CPM 29062 EXISTE LA TRAMPA DEL FALSO DUPLICADO DE SUELDO
Carrera Pública Magisterial en su última etapa de imposición
Patéticamente, “PRUEBA DE IDONEIDAD” es la denominación que le dio el Ministerio de Educación a la evaluación que rindieron algunos incautos docentes _apristas_ dicen algunos, del país este domingo 27 de setiembre, dentro del marco de la IMPOSICIÓN para la “INCORPORACIÓN A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL” Ley 29062 a los docentes comprendidos en la ley 24029.
Escasamente 1,371 docentes rindieron esta prueba para incorporarse a los niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial (CPM). El inefable viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Idel Vexler, ante la intrascendencia cada vez más evidente del problema, salió en conferencia de prensa a informar que un total de 1,278 docentes postularon al IV nivel, y 93 al V nivel. Ni el 1% de los profesores de la 24029.
IMPOSICIÓN: porque es bueno recordar que la 29062, se elaboró y aprobó a espaldas de los maestros, sin aprobación del Pleno del Congreso y, más aún, ILEGAL, porque ninguna ley es retroactiva, por tanto la 29062 no debe comprender a los que están en la Ley 24029 y, otro por tanto, tales evaluaciones no tienen asidero legal.
Escasamente 1,371 docentes rindieron esta prueba para incorporarse a los niveles IV y V de la Carrera Pública Magisterial (CPM). El inefable viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Idel Vexler, ante la intrascendencia cada vez más evidente del problema, salió en conferencia de prensa a informar que un total de 1,278 docentes postularon al IV nivel, y 93 al V nivel. Ni el 1% de los profesores de la 24029.
IMPOSICIÓN: porque es bueno recordar que la 29062, se elaboró y aprobó a espaldas de los maestros, sin aprobación del Pleno del Congreso y, más aún, ILEGAL, porque ninguna ley es retroactiva, por tanto la 29062 no debe comprender a los que están en la Ley 24029 y, otro por tanto, tales evaluaciones no tienen asidero legal.
INTRASCENDENTE: porque no han concurrido a las evaluaciones ni el 1% de total de docentes de la 24029.
INCAUTOS: porque algunos docentes siguen creyendo que la ley 29062, LES VA A DUPLICAR EL SUELDO, y, supuestos ESTAFADORES los del Ministerio de Educación, porque salen a decir a través de los medios de comunicación SEMEJANTE MENTIRA.
PRUEBAS AL CANTO: según el Decreto Supremo Nro. 079-2009-EF, publicado en el diario El Peruano el 2 de abril del 2009, reproducido inclusive por EL DIARIO La República el 3 de abril, SIN ESCATIMAR EL ENGAÑO:
La escala de sueldos de los docentes incorporados es el siguiente:
CON 40 HORAS PEDAGÓGICAS:
(Directores y Subdirectores)
S/.4,066.40 (V nivel)
(Directores y Subdirectores)
S/.4,066.40 (V nivel)
S/.3,069.80 (IV nivel)
S/.2,671.16 (III nivel)
S/.2,372.18 (II nivel)
S/.2,073.20 (I nivel)
CON 30 horas:
S/.3,049.80 (V nivel)
S/.2,302.35 (IV nivel)
S/.2,003.37 (III nivel)
S/.1,779.14 (II nivel)
S/.1,554.90 (I nivel)
CON 25 horas:
S/.2,541.50 (V nivel)
S/.1,918.63 (IV nivel)
S/.1,669.48 (III nivel)
S/.1,482.61 (II nivel)
S/.1,295.75 (I nivel)
CON 24 horas:
S/.2,439.84 (V nivel)
S/.1,841.88 (IV nivel)
S/.1,602.70 (III nivel)
S/.1,423.31 (II nivel)
S/.1,243.92 (I nivel)
NOTA: CON LA CONSTITUCIÓN DEL 93 UN DECRETO SUPREMO PUEDE MODIFICAR UNA LEY. POR ESO, ES QUE EL GOBIERNO HA REDUCIDO LAS HORAS DE TRABAJO (Ya no es 40 horas pedagógicas ó 30 horas cronológicas) Y AL HACERLO REDUCE EL SUELDO CONSIDERABLEMENTE EN LA CPM.
AUMENTOS
Tomemos 24 horas como ejemplo (Los demás están en la misma situación): actualmente (24029, ley del profesorado) un docente de 24 horas en el I Nivel gana S/.1200; con la 29062, enjuiciada “Ley” de CPM como se puede observar ganará S/.1243 ¿Cuánto aumentó? SÓLO 43 NUEVOS SOLES. ¿DUPLICÓ? ¡CLARO QUE NO!
Ya no es los 2073.20 soles x 40 horas (está incluido la preparación de clases que es 80 soles) sino sólo 1243.92 x24 horas (está incluido la preparación de clases que es 48 soles) en el I nivel de un profesor de la CPM.
Es decir, con el d.s. 079-2009-ef LO QUE casi se duplica ES: la reducción del sueldo del profesor QUE CREIA QUE IBA A GANAR CON LA “BONDADOSA” CPM.
ADEMÁS, CON EL DESCONGELAMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO VÍA JUDICIAL EL PROFESOR DEL I NIVEL GANARA un promedio de s/. 1850 SIN TOMAR EN CUENTA LOS AUMENTOS DE SUELDO SEGÚN EL COSTO DE VIDA.
Ya que se tendrá que pagar ya no 17 ó 18 sino alrededor de 240 soles por preparación de clases. Asimismo, al aumentar el pago por preparación de clases otros decretos como DU 090-96, DU 073-97 y DU 011-99 que figuran en el talón de cheque tendrán que ser re calculados Y POR TANTO AUMENTAR.
A ESTO HABRÍA QUE SUMARLE EL PAGO DEL 1% DEL IGV QUE HA SIDO TAMBIÉN CONGELADO EN 17.25 CUANDO DEBERÍA SER UN PROMEDIO DE 250.
ASIMISMO, HAY QUE AÑADIR EL PAGO RETROACTIVO POR ESTOS CONCEPTOS QUE EL GOBIERNO POR AÑOS NO HA PAGADO.
ENTONCES, CON EL DESCONGELAMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO SI SE GANA MÁS Y HASTA MÁS DEL DOBLE.
ADEMÁS, CON LA LEY DEL PROFESORADO DE ACUERDO AL COSTO DE VIDA SE DEBE AUMENTAR LOS SUELDOS CONSTANTEMENTE. ENTONCES, SI SE PUEDE LUCHAR, SOLO HAY QUE SABER LUCHAR.
EN CAMBIO, CON LA ENJUICIADA “LEY” DE CPM NO SE PUEDE NI LUCHAR NI POLÍTICA NI JURIDICAMENTE. ESTA SUPEDITADO AL PRESUPUESTO (CADA VEZ MENOS Y CENTRALISTA) Y ESTAR SOMETIDO A LAS EVALUACIONES PUNITIVAS Y POLÍTICAS CON LA POSIBILIDAD DE PERDER SU ESTABILIDAD LABORAL Y MUCHOS DERECHOS MÁS.
POR ESO:
El engaño del Ministerio de Educación está, cuando lo compara con el del V NIVEL; ahí si duplica, S/.2439. Pero, hay un detalle; PARA QUE EL MAESTRO LLEGUE AL V NIVEL TIENEN QUE PASAR MÁS DE 20 AÑOS Y POSTULAR SÓLO EL 5% DE VACANTES QUE PIDE LA 29062 PARA ESTE NIVEL. En buen romance, sólo los “amigos” del gobierno de turno. Esto, si es que logra pasar los niveles anteriores; y si no, se mantendrá toda su carrera con esos miserables S/.1243. ¿DÓNDE QUEDÓ EL AUMENTO DE SALARIOS?
ADEMÁS, CON LA LEY DEL PROFESORADO EL PROFESOR DE V NIVEL DEBE GANAR COMO UN VICE MINISTRO: 7 ó 8 mil soles, sueldo que es 3 veces más que con la CPM.
Entonces, ¿POR QUÉ TE DEJAS ENGAÑAR QUERIDO MAESTRO? Por favor, lean bien sus “leyes” ¿Por qué creen que esta primera evaluación para el V NIVEL, sólo hay 93 docentes?, y, ¿Quiénes son?
A esto hay que sumar que, los docentes de Educación Inicial nombrados de la 24029 con 30 horas pedagógicas, al incorporarse a la 29062, sólo les reconoce 25 horas. Están peor.
¡HORA DE DECISIONES Y DEFINICIONES QUERIDOS MAESTROS!
Fuente: Carlos Villacorta Valles.
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