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domingo, 9 de diciembre de 2007

MINISTRO CHANG ESPERA QUE JUSTICIA SANCIONE A HUAYNALAYA, PERO EL CONGRESO NO INVESTIGA A CHANG POR CASOS DE CORRUPCIÓN CUANDO FUE RECTOR DE LA USMP

:: DICE QUE MINISTERIO DE EDUCACIÓN NO PUEDE SEPARARLO POR AHORA

Debido a que obstruyó la evaluación de cientos de escolares de 300 escuelas del interior del país, el radical dirigente del Sutep y profesor Robert Huaynalaya debería ser sancionado con todo el peso de la ley.

Así lo manifestó ayer el ministro de Educación, José Antonio Chang, quien lamentó que el cuestionado personaje continúe en el magisterio.

“Lamentablemente, el señor no puede ser suspendido. Mientras no haya una sentencia condenatoria, debe seguir trabajando. Pero creo que las normas deberían evaluarse en casos como éste”, sostuvo en diálogo con Correo.

Como se recuerda, días atrás el Ministerio de Educación denunció públicamente a la facción del Sutep que encabeza Huaynalaya por impedir y obstaculizar la evaluación censal de alumnos de segundo y cuarto grado de primaria de 300 escuelas de Junín, Cajamarca, Ayacucho y Puno.

:: CONGRESO NI PODER JUDICIAL INVESTIGAN DELITOS COMETIDOS POR LA MAFIA DE JOSÉ ANTONIO CHANG EN PERJUICIO DE LA UNIVERSIDAD SMP Y DEL ESTADO

Esta nueva denuncia desdice mucho de la calidad moral del actual Ministro de Educación, por lo que el Congreso de la República, el Poder Judicial y el Ministerio Público tienen que asumir la responsabilidad que le compete en esta situación de crisis moral de las instituciones públicas que se han convertido en centros de corrupción.

Existen serias denuncias contra José Antonio Chang Escobedo, actual ministro de educación, en el Congreso con el Expediente Nº 036261 (480 folios) del 1 de marzo que contiene:
1. Elección irregular en el cargo de Rector de la Universidad de San Martín de Porres de José Antonio Chang Escobedo.

1.1. Violó el artículo 34 inciso "b" de la ley 23733 la cual exige 5 años en la categoría para ser Rector. El a la fecha de su elección no tuvo los 5 años de esa categoría.

1.2. Violó el artículo 34 inciso "b" de la ley 23733 que exige para ser Rector se requiere tener grado de Doctor o el más alto título profesional, cuando en el país no se otorgue aquel grado académico en su especialidad.

1.3. Con la finalidad de hacerse reelegir Rector por un segundo periódo consecutivo viola el artículo 45 de la ley 23733, Estatuto de la Universidad artículo 50, donde si se consideró la reelección inmediata.
2. Presunta vinculación del Rector José Chang Escobedo, de la Universidad de San Martín de Porres, con la red de corrupción de Vladimiro Montesinos, al participar en la transferencia irregular de los inmuebles ubicados en la Avenida Nueva Tomas Marzano 242 y 248 Surquillo y la avenida Guardia Civil 227 y 229 Corpac, habiendo pagado a nombre de la Universidad San Martín de Porres montos muy elevados a su precio normal.

El Sr. Víctor Venero Garrido en su declaración en la comisión que presidió el Sr. Waisman, manifestó haberle vendido a la Universidad de San Martín de Porres, terrenos que queda en la Avenida Tomás Marsano y declaró ser amigo del Ingeniero José Antonio Chang Escobedo.
3. Presunto empleo por José Antonio Chang Escobedo, Rector de la Universidad San Martín de Porres, de Grado y título falso.

El Ingeniero José Antonio Chang Escobedo, Rector de la Universidad exhibe un título falso en Maestría en Educación otorgado por la Universidad Hartford de los Estados Unidos, sin embargo la licencia que le otorga la Universidad según Resolución Rectoral Nro. 446-94-SMP del 06-07-94: Artículo Primero concede licencia desde el 11 de julio al 12 de agosto del año en mención, para culminar sus estudios de capacitación como parte del Proyecto Integral de la Facultad de Ingeniería Cómputo y Sistemas. La pregunta es ¿estudió Maestría o siguió un curso de capacitación? y para probar la inconsistencia de su título, este diploma de Maestría en Educación no ha sido revalidado por la Asamblea Nacional de Rectores.
4. No tuvo Personería Jurídica como Rector de la Universidad de San Martín de Porres. Por las irregularidades incurridas por el proceso de su elección, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos de Lima no ha registrado al Ingeniero José Antonio Chang Escobedo como representante de la universidad en su condición de rector.
5. Autopoderes Otorgados a su nombre. El 29-11-2001 según Escritura Pública otorgado por el Notario Julio Antonio del Pozo Valdez inscrita en la Partida Nro. 11009477, comparece José Chang Escobedo quien procede en nombre y representación de la Universidad de San Martín de Porres a fin de otorgar poder amplio y general a favor del Ingeniero José Chang Escobedo consistente en:

a) Poderes de representación.

b) Poder de orden personal, comercial, bancario y financiero.

c) Poder de orden civil.Es decir el mismo se otorga un poder con infinitas facultades y se convierte en la única persona dueña de todo con capacidad de disponer con su mejor gusto.
6. Hipoteca de Inmuebles de la Universidad. Casi la totalidad de los inmuebles de la Universidad de San Martín de Porres se encuentran hipotecadas a Instituciones Financieras, de ahí se desprende las cuantiosas deudas a corto, mediano y largo plazo, exhibidos en los balances correspondientes.
7. Doble Información Financiera. Se ha llegado a comprobar que la Universidad tiene dos balances en el periodo económico 2001 uno maneja el Ingeniero Chang Escobedo y el otro presentado para ser auditado por la firma auditora PRICE WATERHOUSE COOPERS, contratado por el ingeniero Chang, estos balances difieren sustancialmente en las cuentas del Retiro y el pasivo, lo único que coincide son las cuentas del patrimonio.
8. Por las denuncias interpuestas por docentes y empleados de la universidad sobre malversación de fondos cometidos por malas autoridades, el Ministerio de Trabajo designó un conjunto de peritos que hicieron una auditoría general, en la cual con su informe final demostró que la Universidad San Martín de Porres arroja un SUPERÁVIT FINANCIERO de más de S/ 29 000, 000.00(veintinueve millones de soles) pero que lamentablemente estas seudo autoridades se apropian ilícitamente del dinero de esta universidad.
9. En todo ese período fallecieron los señores: Carlos Tovar, Lucio Huamán, catedrático Rolando Pecho Caycho lo que también debe investigarse.
10. Que se debe investigar la manera de la obtención del título de odontólogo de OSCAR LÓPEZ MENESES, quien mediante intimidación a los profesores y presunta falsificación documentos logró en poco tiempo obtener su grado académico, colegiatura, plaza de catedrático y ser nombrado director de todas las clínicas de la mencionada universidad.
11. Que se debe investigar el porque recibió Blanca Nélida Colán una donación de 30 mil dólares por parte de la USMP.
12. Se debe investigar al Señor Antonio Francisco Quiñones Gago de la Facultad de Ciencias Financieras y Contables, quien no figuró en los registros de pago desde 1984 hasta 1995; sin embargo aprobó 38 cursos en actas adicionales, a pesar que en su pre récord aparece NSM, no se matriculó, pero lo extraño es que aparece con notas como si hubiera asistido normalmente. Lo más grave que en los cursos de "Documentación y Archivos" del primer ciclo y matemáticas II del segundo ciclo los aprobó el 20 de octubre de 1995, justo el mismo día en que se le entregaba su certificados de estudios debidamente sellado y firmado por el Decano; después de 5 días le entregan al Señor Quiñones Gago su bachiller; luego 15 días después le toman examen de grado de contador público saliendo aprobado con la nota más alta.
13. Se debe investigar el caso del señor Fausto Leonidas Soberón Muñoz quien aprobó 15 cursos con actas adicionales en un solo día.
14. Se debe investigar Juan Gonzalo Uribe quien aprobó en un solo día 27 cursos con actas adicionales.
15. Que se investigue el falso título de bachiller en abogacìa del general Carlos Rada Pérez, de la UPSMP.
16. Que se investigue la apropiación ilícita de un programa de ordenador por parte de la Facultad de Derecho.
17. Que existen varios casos muy parecidos.

a) Expediente 041280 dirigido a la Comisión de Fiscalización, del 29 de marzo (127 folios) que consigna:" Que el resultado de las investigaciones policiales desarrolladas a la fecha, se ha llegado a establecer que las personas de Javier Manuel Revilla Palomino y Alfonso Máximo Balabarca Torres, en su condición de Gerente General y Gerente de Inversiones Financieras respectivamente de la Caja de Pensiones Millitar y Policial, resultan ser presuntos autores del Delito contra la Adminsitración Pública , en la figura de Colusión desleal , y, como partícipe en el mismo ilícito penal , las personas de José Antonio Chang Escobedo y Esther Rosario Lazarte Salinas de Moreno, en agravio del Estado Peruano y de la Caja de Pensiones Militar y Policial hecho ocurrido entre el 2 de octubre 93 al 20 de enero 99, en el distrito de San Isidro-Lima en las formas y circunstancias detallada en el cuerpo del presente documento."

b) Expediente del 27 de abril (127 folios) apropiación ilícita de la Universidad Particular San Martin de Porres, en beneficio del Ministro de Educación.

Estos 3 expedientes han sido presentado ante el Congreso y deben ser investigados por el mismo Congreso de la República.

Colaboración: Herald.

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