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domingo, 8 de junio de 2008

¿CUÁL EDUCACIÓN GRATUITA?


Ciertamente un cambio en la constitución de 1993 con respecto a la de 1979 fue el referido al derecho a la educación. Mientras en la anterior carta magna se decía textualmente:

“El derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana. La educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad. Se inspira en los principios de la democracia social. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza.” (Constitución 1979, artículo 21)

En la nueva constitución, la de Fujimori, desaparece cualquier rastro de este derecho, anteriormente reconocido como “inherente”. Más bien se cambia la idea del derecho por el deber:

"La educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educación es gratuita. En las universidades públicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los alumnos que mantengan un rendimiento satisfactorio y no cuenten con los recursos económicos necesarios para cubrir los costos de educación.” (Constitución 1993, artículo 17)

Es lo que en otro momento llamé pensar en el ejercicio de la ciudadanía como privilegio y no como derecho. Bajo esa forma, un grupo (con plata) le concede a otro el derecho a tener acceso a algún servicio público. En este caso educación. Se generan así dos tipos de ciudadanos, los que pueden pagar (más) y los que no, pero son subsidiados por el resto.

Ojo, en la práctica todos pagamos ya por educación, salud, seguridad, etc. Eso se llama impuestos.

Y en teoría, todos lo pagamos, no solamente un grupo privilegiado. La educación gratuita por lo tanto es una falacia. Pero de allí a plantear, demagógicamente, que:

“…la universidad pública no debe ser gratuita para los que sí están en condiciones de pagar por ella, y debe ayudar más a los que de verdad lo requieren.” (Augusto Álvarez Rodrich, “La educación sentimental”, Perú21)

Es engañar a la población, como diría el Chavo del Ocho, sin querer queriendo.

De nuevo, creo que lo que se trata es de hablar nuevamente de la educación, si es un derecho universal para los peruanos en general, si el estado peruano va a garantizar que ese derecho exista asegurando una educación universitaria de calidad (quizá cumpliendo el artículo 16 que dice textualmente: “Se da prioridad a la educación en la asignación de recursos ordinarios del Presupuesto de la República”), y no crear una suerte de impuesto a la sobreganancia (porque eso sería en la realidad) a aquellas familias cuyos hijos estudiaron en un colegio privado.

(Otrosí: En la práctica ya hay universidades públicas que cobran por estudiar. Es el caso de la Universidad Agraria, que se presenta inclusive como una “que parece privada”. Valdría la pena ver su caso)

Fuente: Weblog la Morsa.
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