En el Perú, el gobierno de Ollanta Humala es un gobierno de
Derecha y continua la aplicación del Neoliberalismo en la Educación con “La
descentralización educativa” que conllevó al vecino país de Chile a la
Privatización de la Educación Pública y a la “Flexibilización laboral” con su
careta de la “meritocracia” y la “calidad educativa”, cuyo pretexto fue para
despedir masivamente a los maestros, con estas falacias engañaron a la opinión
pública que no sospecharon de su negro plan.
Hoy, en Chile, miles de niños y adolescentes luchan contra el
gobierno, exigiendo que la Educación vuelva a ser pública,
gratuita y responsabilidad dell Estado, porque se convirtió en un gran negocio
de grandes empresarios privados que se enriquecieron al “adoptar” el 75% de
todos los colegios (Liceos) de Chile, discriminando y perjudicando a los hijos
de los pobres. Mientras en Chile los
niños salen a las calles a luchar y se declaran en huelga; en el Perú nuestros
niños todavía no.
La Ministra de Educación Patricia Salas, fiel implementadora del
neoliberalismo ha emitido la RM N° 238-2012-ED
y varios dispositivos legales para que el Estado transfiera su
responsabilidad “descentralización educativa” a los Gobiernos Regionales (Que
son ineficientes en el gasto y no tienen el mismo presupuesto). A espaldas del pueblo y el magisterio el CEN del SUTEP consensua este
nefasto Plan con el Ministerio de Educación.
¿PUEDE PRIVATIZARSE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ?
Sí, porque La
Constitución Política fujimorista de 1993 es neoliberal, privatista y tiene
similitudes con la Constitución Política de Chile en el tema Educación.
COMPARACION
ENTRE CONSTITUCION POLÍTICA: PERU Y CHILE
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CONSTITUCION FUJIMORISTA 1993
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CONSTITUCION CHILENA
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Artículo 13.- Los padres de
familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los
centros de educación y de participar en el proceso educativo.
Artículo 17.- La educación
inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del
Estado, la educación es gratuita.
Art. 15 Toda persona, natural o
jurídica, tiene el derecho de promover y conducir instituciones educativas y
el de transferir la propiedad de éstas, conforme a ley.
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Art. 10 Los padres tienen el derecho
preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar
especial protección al ejercicio de este derecho.
-La educación básica es obligatoria, debiendo el
Estado financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el
acceso a ella de toda la población.
11°. La libertad de enseñanza incluye el derecho de
abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.
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Fuente: SUTEP Regional de Tacna.
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